Bioseguridad, accesos no autorizados a las explotaciones y toma de imágenes

Estimado amigo,

DESDE EL ADS DE EJEA E INTERPORC NOS RECUERDAN:

En diciembre de 2018 el Tribunal Supremo Federal alemán ha fallado un caso que, aunque no esté directamente relacionado con el sector del porcino, podría tener un impacto en otros procedimientos en el campo de los mataderos de animales en los que se decide sobre la obtención ilegal de fotografías en mataderos.

Lo que se dilucidaba en el pleito es si era legal la distribución de fotografías tomadas en un museo propiedad de la ciudad de Mannheim donde se indicaba que estaba prohibida la toma de fotografías.

El Tribunal ha entendido que la toma de las fotografías como tal ya constituye una infracción de la propiedad al existir un cartel en el que se manifestaba la prohibición de realizar fotografías, lo que implica que estas fotografías tampoco pueden ser explotadas o distribuidas.

Sin embargo, la cuestión no se presenta tan clara en ausencia de carteles que prohíben la toma de fotografías en instalaciones, como los museos, privadas aunque de acceso público.

Hay que precisar que en el caso de los mataderos, como entidades estrictamente privadas, la cuestión se presenta más pacífica puesto que no responden a este carácter de inmueble de titularidad privada aunque de acceso público. De ahí que al estar prohibido el acceso por tratarse de una propiedad privada –pudiendo reforzarse esta prohibición mediante carteles que prohíban la entrada en aquellos supuestos en que los límites de la finca no estén bien definidos o puedan suscitar dudas a un tercero–, cualquier actividad que se desarrolle en el interior de los mataderos, como la toma de fotografías, debe considerarse ilegal.

La cuestión de colocar letreros que recuerden la prohibición de tomar fotografías dentro de los mataderos no tiene como fin que se declaren ilegales las propias fotos tomadas por terceros que entren en las instalaciones sin permiso del propietario. El objetivo de estos carteles es permitir la adopción de acciones legales contra aquellas personas que habiendo accedido legalmente al matadero tomen fotografías; alegando, además del derecho a la propiedad, el derecho al honor que también se extiende a las personas jurídicas.

De todo ello se pueden extraer las siguientes recomendaciones:

  1. Colocar carteles con el texto “Prohibido el paso, propiedad privada” en aquellas zonas de las granjas o de las fincas en que éstas se sitúen que no estén suficientemente delimitadas por barreras arquitectónicas y/o vallas.
  2. Instalar carteles que recuerden que está prohibido realizar fotos en aquellas áreas que puedan ser de acceso público dentro del matadero por personas ajenas al mismo.
  3. Cualquier entrada no autorizada en el recinto de la granja deberá comunicarse a las autoridades sanitarias por motivos de bioseguridad.
  4. En el mismo sentido, los accesos no autorizados se deberán denunciar ante la Guardia Civil o las fuerzas de seguridad competentes una vez son conocidos.

Con todo lo anteriormente expuesto, os adjuntamos también modelo cartel que se podría poner en las granjas, si lo consideráis oportuno, podéis distribuir esta información entre vuestros asociados.

PROHIBIDO EL PASO A PERSONAS

 

Este modelo de cartel serviría tanto para granja como para la industria

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